Edomex no tiene ley para atender la discapacidad

09.04.10 | por Sandra Escareno [mail] | Categorías: Nacionales

[Más:]

Edomex no tiene ley para atender la discapacidad

Por: Horacio López
www.milenio.com
4 Abril de 2010

Aunque es la entidad con mayor número de personas con discapacidad no existe una ley local en la materia.

Aunque el Estado de México es la entidad del país con mayor número de personas con discapacidad, 240 mil 498 afectados según el Instituto Nacional de Estadística y geografía (INEGI), no existe una ley local en la materia.

Solamente en el Libro Undécimo del Código Administrativo estatal, se refiere a la protección e integración al desarrollo de las personas con capacidades diferentes.

En su capítulo quinto, relativo al tránsito y transporte, determina que las terminales y rutas de transporte público deberán contar con zonas reservadas en la infraestructura vial, debidamente señalizadas, para el ascenso y descenso exclusivo de personas con “capacidades diferentes”.

En su capítulo sexto, aborda el tema de las facilidades urbanísticas
y arquitectónicas y dispone que este sector tenga derecho al libre acceso y facilidad de desplazamiento en los espacios laborales, comerciales, oficiales y recreativos, mediante construcciones que cuenten con las especificaciones arquitectónicas apropiadas.

La sanción a quienes ocupen indebidamente los espacios: de estacionamiento preferencial, o bien obstruyan las rampas o accesos para personas con discapacidad y otros con necesidades similares, es una multa equivalente de 30 veces el salario mínimo general vigente del área geográfica que corresponda al momento de cometer la infracción.

Aunado a ello, obliga al gobierno estatal a procurar que se elimine toda barrera física, social, cultural y económica que implique discriminación en contra de este sector, con el objeto de garantizar su derecho a la igualdad de oportunidades.

Corresponde, entonces, al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de México (DIFEM), normar y coordinar las actividades relativas a la prevención de la discapacidad y la rehabilitación e integración social de las personas con “capacidades diferentes”.

Ello implica elaborar y mantener actualizado el registro de quienes soliciten los servicios de rehabilitación e integración social; detectar los principales problemas que afectan a estas personas, así como elaborar y aplicar propuestas de atención, induciendo la participación de los organismos públicos y privados de salud de la entidad.

El DIFEM también debe realizar programas que fomenten la autonomía e integración social de las personas con discapacidad; proporcionar atención médica especializada en materia de rehabilitación y canalizar a los enfermos, a los institutos nacionales donde puedan recibir atención de alto nivel.

Permalink

Pingbacks:

Todavía no hay Pingbacks para esta publicación...

 

Febrero 2012
Lun Mar Mié Jue Vie Sab Dom
 << <   > >>
    1 2 3 4 5
6 7 8 9 10 11 12
13 14 15 16 17 18 19
20 21 22 23 24 25 26
27 28 29        

Categorías

Log-in/Cuenta