ࡱ> O( ./ 0DArialngsRomanppF0DTimes New RomanppF0 DWingdingsRomanppF0@0.  @n?" dd@  @@`` 0e3    21 21#$()*+,-/1234 ,,<(=)>BCEFGHIJKLMNOPQRSTUVWXYZ[\]^_`ab 0AA0 fff@8%"9ʚ;9ʚ;g4JdJd>F0ppp@ <4dddd<@0p <4KdKd<(A0p0___PPT10 pp___PPT9(!(?  %MD@Convencin sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad AA  A WCongreso Internacional CONFE 2008 Derechos Humanos y Discapacidad: un asunto de todos."X"6W  'Primer tratado internacional de derechos humanos del Siglo XXI Primero sobre los derechos de las PCD Primero en el que OSC participaron activamente Primero propuesto e impulsado por Mxico Primero en el que firman 81 Estados, el primer da (136 al 31 oct.) En vigor desde el 3 de mayo de 2008. '(  D' Para qu una CDPD?  Cules son los derechos humanos de las PCD? Todas las personas somos: Iguales en derechos y en dignidad Diferentes en circunstancias y condiciones La CDPD reconoce que debemos tener la posibilidad de ejercer los mismos derechos, pese a las diferencias en circunstancias y en condiciones. Los derechos de las personas son las obligaciones de los Estados* *Conjunto de instituciones pblicas. IZNlZlZlZClZ(lZZID'  *$/Para cambiar el Paradigma sobre la discapacidad/ Ejes rectores del cambio de Paradigma Concepcin de la persona Responsabilidad de las PCD y sus familias Rol de las OSC Responsabilidad de la sociedad Responsabilidad del Estado' -' pDel modelo mdico y asistencial al modelo de derechos humanos y de desarrollo De la persona con discapacidad objeto (de atencin mdica y asistencia social) a sujeto de derechos De la concepcin de la discapacidad como la deficiencia que presenta una persona a la interaccin entre una persona con deficiencia (o restriccin) y las barreras de actitud y del entorno;zqZ#+33f,& De la concepcin de la discapacidad como un problema que debe resolver la PCD, a verla como un fenmeno social responsabilidad de todos los actores sociales, particularmente en la eliminacin de barreras De una nocin de capacidad jurdica que puede restringirse y posibilitar que la PCD sea sustituida, a una nocin de capacidad jurdica como un derecho universal inherente a la persona que posibilita la autonoma y el ejercicio de todos los derechos por todas las PCD.>Z_=\Personas con Discapacidad& y Discapacidad CDPD// / (PCD: personas que tengan deficiencias fsicas, mentales, intelectuales y sensoriales en desigualdad de condiciones con los dems Discapacidad: Resulta de la interaccin entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la actitud y al entorno, que evitan su participacin plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con los dems No  personas con capacidades diferentes . iP+PP~  %%f ,  +%^Personas con Discapacidad& y Discapacidad LGPC*00 0 PCD:  Desigualdad: eje central  En la CDPD el eje no son las diferencias o las condiciones personales de deficiencia. El eje es la desigualdad: Falta de acceso a servicios o inadaptacin Mayores costos de transaccin En la situacin de las mujeres CD Discriminacin negativa Falta de oportunidades Perspectiva social de minora de edad, de incapacidad Falta de reconocimiento de autonoma Falta de reconocimiento de ejercicio jurdico Imposibilidad real de participacin en toma de decisiones >rP]PPWz  8Algunas perspectivas sociolgicas sobre la discapacidad998 El Modelo mdico-reparador da un papel preponderante al aspecto individual relaciona la discapacidad solo con problemas de salud, y la asocia de modo unvoco y reduccionista a una enfermedad y -por ende- a la cura y la reparacin. Las soluciones se esperan de la cura La concepcin y las acciones (leyes, polticas, programas educativos) tendern a sobrevalorar este aspecto. (Vgr. Definiciones y capitulado de LG y LE) (PCD como concepto ligado a enfermedad, incompletes, u objeto de atencin). ZZMZZL  Z        v ## Visin normalizadora  asistencialista La sociedad  y sus instituciones- familias includas- determinan cmo deben ser las personas que lo conforman y cmo deben ser tratadas. El concepto de  normalidad es en relacin a un patrn. Quienes  se desvian de la norma pierden el estatus de iguales y requieren la asistencia de otros (instituciones, organizaciones, especialistas). Las polticas pblicas y la legislacin marcan las pautas del trato, que tender a atender la  anormalidad o a tratar de  normalizar . Las instituciones que actan bajo esta perspectiva lo hacen a travs de acciones de tutela paternalistas. (PCD como concepto ligado a incapacidad, minora de edad minusvala).P(ZZZIZ(&    "Propsito de la CDPC (art. 1)&   EPromover, proteger y asegurar El goce pleno y en condiciones de igualdad De todos los derechos humanos y todas las libertades fundamentales De todas las personas que tengan deficiencias fsicas, mentales, intelectuales y sensoriales en desigualdad de condiciones con los dems Es un S a las PCD, y un NO a la discapacidad.FZ0Z F  Enfoque de derechos: $##  e La PCD no es un problema a resolver, o una situacin a mejorar, o necesidades a enfrentar No se requiere solo rehabilitacin y asistencia La discapacidad si es un problema a resolver, y la PCD requiere y tiene derecho a adaptaciones al entorno, para desarrollarse integral y activamente en igualdad de condiciones que las dems personas La CDPD no propone modificar o curar a la PCD, sino modificar el sistema poltico, el marco legislativo, la interaccin social, el sistema de salud, el educativo, la infraestructura social y urbana, la tecnologa, etc. Todo eso repercute en la condicin especfica de la PCD 0ZeZe f  /Porqu enfoque de derechos y no de necesidades00 0 Los derechos se reconocen, se garantizan, promueven, protegen, se exigen, se justiciabilizan. Se expresan en lo individual pero requieren la transformacin de lo colectivo, de lo pblico. Las necesidades se tratan de resolver, pero ello no supone que las barreras del entorno eliminen la desigualdad Las responsabilidades son distintas: para las personas, familias, OSC, Estados. < p Q&M  $ (" Artculo 1. Propsito. Artculo 2. Definiciones. Artculos 3 y 4. Principios y Obligaciones generales. Artculo 5. Igualdad y no discriminacin Artculo 6. Mujeres con discapacidad. Artculo 7. Nios y nias con discapacidad. Artculo 8. Toma de conciencia. Artculo 9. Accesibilidad. Artculo 10. Derecho a la vida. Artculo 11. Situaciones de riesgo y emergencias humanitarias.nZ#Z -!$L    Artculo 12. Igual reconocimiento como persona ante la ley. Artculo 13. Acceso a la justicia. Artculo 14. Libertad y seguridad de la persona. Artculo 15. Proteccin contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Artculo 16. Proteccin contra la explotacin, la violencia y el abuso. Artculo 17. Proteccin de la integridad personal. Artculo 18. Libertad de desplazamiento y nacionalidad. Artculo 19. Derecho a vivir de forma independiente y ser incluido en la comunidad. Artculo 20. Movilidad personal. Artculo 21. Libertad de expresin y de opinin y acceso a la informacin. Artculo 22. Respeto de la privacidad. 0Z$ZZ>Z>Z ZZ0Z\Z&Z'ZZL)qV+0bY    {Artculo 23. Respeto del hogar y de la familia. Artculo 24. Educacin. Artculo 25. Salud. Artculo 26. Habilitacin y rehabilitacin. Artculo 27. Trabajo y empleo. Artculo 28. Nivel de vida adecuado y proteccin social. Artculo 29. Participacin en la vida poltica y pblica. Artculo 30. Participacin en la vida cultural, las actividades recreativas, el esparcimiento y el deporte. Artculo 31. Recopilacin de datos y estadsticas. Artculo 32. Cooperacin internacional. Artculo 33. Aplicacin y seguimiento nacionales.LPP1PP4PtPP( $HH+ * | )# Artculo 34 a 39. Comit e Informes. Artculo 40. Conferencia de los Estados Partes. Artculo 41. Depositario. Artculo 42. Firma. Artculo 43. Consentimiento en obligarse. Artculo 44. Organizaciones regionales de integracin. Artculo 45. Entrada en vigor. Artculo 46. Reservas. Artculo 47. Enmiendas. Artculo 48. Denuncia. Artculo 49. Formato accesible. Artculo 50. Textos autnticos..Z$ZZ( "G  ![Problema de implementacin de polticas, legislacin, instituciones y presupuestos pblicos\\# \ z Eslabones accesibles incompletos Eslabones legislativos Eslabones polticas y programas Eslabones de servicios pblicos :"X Z {   Ricardo Bucio Mjica Secretario Tcnico de la Comisin de Derechos Humanos del Distrito Federal Correo: rbuciom@ms.cdhdf.org.mx"m"j    CDPD  Instrumento jurdico que Reconoce derechos, a partir de recoger las demandas y necesidades que expresaron y defendieron personas con discapacidad de todo el mundo, y sus organizaciones .2'!(Cules son las Obligaciones del Estado?)) ) Obligaciones de efecto inmediato De no discriminacin, de adoptar medidas y la progresividad. Obligaciones de carcter de carcter general: RESPETAR: no violar directa o indirectamente ningn derecho. PROTEGER: los Estados deben impedir a terceros que menoscaben en modo alguno el disfrute de los derechos. CUMPLIR, la cual se subdivide en: facilitar (los Estados deben adoptar medidas positivas que permitan y ayuden a los particulares y las comunidades a ejercer el derecho) promover (el Estado debe adoptar medidas para que se difunda informacin, se tome conciencia, se impulsen acciones) y garantizar (en particular que el Estado reconozca el derecho en el sistema poltico y ordenamiento jurdico, mediante la armonizacin y aplicacin de leyes y la adopcin de polticas adecuadas_PP.PlPP!?.5`  k  ]:P     1Obligaciones generales de los Estados (arts. 4-9)22#&'   RAdoptar medidas legislativas y administrativas pertinentes para garantizar los derechos reconocidos, y contra cualquier forma de discriminacin Tener en cuenta en todos los programas y polticas a las PCD Promover accesibilidad, formacin de capacidades, investigacin, asistencia, toma de conciencia, participacin activa, educacin, SZS S Importancia de la CDPD Nueva forma de conceptuar la discapacidad (barreras fsicas y actitudinales) Reconoce sus Derechos Humanos, en igualdad de condiciones Reconoce a las PCD como sujetos autnomos Su posibilidad de participar en decisiones de polticas que les afecten Que son vctimas de discriminacin Que las mujeres CD estn en mayor desventaja Que la mayora de PCD vive en la pobreza La necesidad de promover sus derechos incluso si requieren mayor proteccin JZ7ZZ+ v.> =8 //012345678 9 : ; < =>?@ABCDEF 0` Ot{h______` M <ff33̙3` +ffO=ff̙H7` fff3f̙` Tff33ff` 0Ky{kOz` )R{f` GiIfff̙fR` ̙|̙3f` 3ff~>?" dd@'?lFd@  nK'o`P( n?" dd@   @@``PT     o (`0p>>N0 0(''(  ZB  c $D"`   6{ "M }  c+Haga clic para cambiar el estilo de ttulo ,,  A  0k "; `  kHaga clic para modificar el estilo de texto del patrn Segundo nivel Tercer nivel Cuarto nivel Quinto nivel7   l    0 "` `  \*     0 "`   b*       0T "` `  b*     T     "`h2   s *"`h2   s *"h2   s *"@h2   s *"0`h2   s *"0h2  s *"0@h2  s *"`0h2  s *"`h2  s *"h2  s *"@h2  s *"`n2  0" h2  s *"``h2  s *"`h2  s *"@`n2  0"``h2  s *"`h2  s *"n2  0"@n2  0"`h2  s *" h2  s *"`@n2  0"@n2   0"@@h2 ! s *"`@n2 " 0"``n2 # 0"`h2 $ s *"`@h2 % s *"``h2 & s *" h2 ' s *"` H  0޽h ? 3ff~___PPT10i. s+D=' = @B + RedP 0N0 OG(((  ZB  c $D"   604 "&wf 4 c+Haga clic para cambiar el estilo de ttulo ,,    0'4 "wQ  4 r:Haga clic para modificar el estilo de subttulo del patrn;;    04 "` ` 4 \*     04 "`  4 b*       04 "` ` 4 b*     T `]   "]p h2   s *"`]h2   s *"]h2   s *"]Eh2   s *"`h2   s *"h2  s *"Eh2  s *"yh2  s *"`B h2  s *"B h2  s *"EB h2  s *"yB n2  0",B h2  s *"`u  h2  s *"u  h2  s *"u E n2  0"yu  h2  s *"`(  h2  s *"(  n2  0"( E n2  0"y(  h2  s *",(  h2  s *"` Z n2  0" Z n2   0" EZ h2 ! s *"y Z n2 " 0"`  n2 # 0"  h2 $ s *" E h2 % s *"y  h2 & s *"A  h2 ' s *"yA  `B ( s *D"H  0޽h ? 3ff~___PPT10i. s+D=' = @B +0 0#(  0 0 04  P    P*   0 0|:      R*  d 0 c $ ?  / 0 00@   0  kHaga clic para modificar el estilo de texto del patrn Segundo nivel Tercer nivel Cuarto nivel Quinto nivel7    l 0 6E  _P   P*   0 6O  _   R*  H 0 0޽h ? 3380___PPT10.>~H0PN0 0(  ~  s *L4| 4 r  S t4  4 H  0޽h ? 3380___PPT10.`' 0PN0 (  ~  s *Z ; `     0[ ,'  jCaractersticas de la CDPD 0 2$  H  0޽h ? 3380___PPT10.h 0PN0 P(  ~  s *i M      s *]  `    x/H  0޽h ? 3380___PPT10. 0< 0N0 `$(  r  S ~M }  ~ r  S ~@ ` ~ H  0޽h ? 3ff~80___PPT10.!>@D7 0PN0 6.((  ( ( c $ 'g   "h_H ( 0޽h ? 33___PPT10i.Q+D=' = @B +7 0PN0 6.$(  $ $ c $P ,'g< 4 "h_H $ 0޽h ? 33___PPT10i.Q+D=' = @B +N 0PN0 6(  ~  s *C4   4 x  c $  < 4 H  0޽h ? 3380___PPT10. 0PN0 p m(   ~   s * ,'   x   c $ z `   H   < ,M jToda persona que presenta una deficiencia fsica, mental o sensorial, (no diferencia entre intelectual y mental) ya sea de naturaleza permanente o temporal, que limita la capacidad de ejercer una o ms actividades esenciales de la vida diaria, que puede ser causada o agravada por el entorno econmico y social. (el centro es la deficiencia, no el entorno)BRH)- k    0D % -*Ley General de las personas con discapacidad.0 2.- H   0޽h ? 3380___PPT10.N 0PN0 6(  ~  s * M y   x  c $H M'   H  0޽h ? 3380___PPT10.  0PN0 $(  r  S +ZqY  + r  S +] ` + H  0޽h ? }ff___PPT10i.`U+D=' = @B +  0PN0 *(  x  c $0t+,  + r  S l+M Z  + H  0޽h ? }ff___PPT10i.`U+D=' = @B +T  0PN0 @<(  ~  s * +M   + ~  s *P + ` + H  0޽h ? 3380___PPT10.T  0PN0 <(  ~  s *+T  + ~  s *\+q` + H  0޽h ? 3380___PPT10.0޼ET  0PN0  <(  ~  s *++M }  + ~  s *++; ` + H  0޽h ? 3380___PPT10.p2 0PN0 0(  x  c $\E+ +   6H+ @w bContenido de la CDPD# H  0޽h ? }ff___PPT10i.P,|+D=' = @B + 0PN0 0(  r  S + 4 H  0޽h ? }ff___PPT10i.P,|+D=' = @B + 0PN0 @(  r  S Z'g  H  0޽h ? }ff___PPT10i.M+D=' = @B +! 0PN0  P(  x  c $|Z'g  H  0޽h ? }ff___PPT10i.M+D=' = @B +T 0PN0 0<(  ~  s *j'   ~  s *(} `  H  0޽h ? 3380___PPT10. 0PN0 4(  4r 4 S 'g  H 4 0޽h ? 33___PPT10i.Q+D=' = @B + 0PN0 0$(  0r 0 S ԅ~"Y ~ r 0 S <~Z\  ~ H 0 0޽h ? 33___PPT10i.+D=' = @B +j 0PN0   R(   ~   s *\M j      s *M   "h_H   0޽h ? 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LhDiscapacidad  % ( F(GDICEjFGDICRp@ArialoُArialb~@ArialZ 0 Ĵ+@!O00ҏ0hӏ@, +~m+"0m+@ș0ݏޏdv%    T HwM`AUA M!LCongreso Internacional CONFE 2008 % ( Rp@ArialiُArialb~@ArialZ 0 Ĵ+@!O00ҏ0hӏ@, +~m+"0m+@ș0ݏޏdv%    TQuV&WMFCC`AUAV!LDerechos Humanos y Discapacidad:  % ( Rp@Arial9ُArialb~@ArialZ 0 +@O00ҏ0hӏ@, +~m+0m+@ș0ݏޏdv%    T'Z\_`AUA'_Ltun asunto de todos. % (   x--$xx--'--%a--'3f--8 446777644--'--8 446777644--'--8 446777644--'--8 99;<<<;99--'--8 99;<<<;99--'--8 99;<<<;99--'f--8 99;<<<;99--'3f--8 >>@AAA@>>--'--8 >>@AAA@>>--'f--8 >>@AAA@>>--'--8 >>@AAA@>>--'--8 >>@AAA@>>--'3f--8 CCEFFFECC--'f--8 CCEFFFECC--'--8 CCEFFFECC--'--8 CCEFFFECC--'f--8 HHJKKKJHH--'--8 HHJKKKJHH--'--8 HHJKKKJHH--'--8 HHJKKKJHH--'--8 HHJKKKJHH--'f--8 MMOPPPOMM--'--8 MMOPPPOMM--'--8 MMOPPPOMM--'--8 MMOPPPOMM--'--8 RRSUUUSRR--'--8 RRSUUUSRR--'--8 RRSUUUSRR--'--8 RRSUUUSRR--'--8 WWXZZZXWW--'--8 WWXZZZXWW--'--%11--'@Arialn?-. 3f2  Convenci."System-@Arialn?-. 3f 2 *.-@Arialn?-. 3f'2 .n sobre los Derechos .-@ArialG??-. 3f%2 &de las Personas con .-@Arial2?-. 3f2 .* Discapacidad .-@Arialo?-. 92 M !Congreso Internacional CONFE 2008.-@Ariali?-. 92 V!Derechos Humanos y Discapacidad: .-@Arial9?-. $2 _'un asunto de todos. .-՜.+,0$    Presentacin en pantalla EMACHINESh' ArialTimes New Roman WingdingsRedAConvencin sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad Diapositiva 2Para qu una CDPD?0Para cambiar el Paradigma sobre la discapacidadDiapositiva 5Diapositiva 6/Personas con Discapacidad y Discapacidad CDPD0Personas con Discapacidad y Discapacidad LGPC*Desigualdad: eje central9Algunas perspectivas sociolgicas sobre la discapacidadDiapositiva 11Propsito de la CDPC (art. 1) Enfoque de derechos: 0Porqu enfoque de derechos y no de necesidadesDiapositiva 15Diapositiva 16Diapositiva 17Diapositiva 18\Problema de implementacin de polticas, legislacin, instituciones y presupuestos pblicosDiapositiva 20CDPD)Cules son las Obligaciones del Estado?2Obligaciones generales de los Estados (arts. 4-9)Importancia de la CDPD Fuentes usadasPlantilla de diseoTtulos de diapositivaRoot EntrydO)H q3K@Current User/SummaryInformation(z[PowerPoint Document(h_DConfeConfedia  !"#$%&'()*+,-./0123456789:;<=>?@ABCDEFGHIJKLMNOPQRSTUVWXYZ[\]^_`abcdefghijklmnopqrstuvwxy{|}~Root EntrydO)Current UserSummaryInformation(z[PowerPoint Document(hDocumentSummaryInformation8